
De acuerdo con la Ley Federal Brasileña, número 9.294, del 15 de julio de 1996, en su
Art.2º -
Está prohibido el uso de cigarrillos, cigarros, puros, pipas o cualquier otro producto relacionado al humo, derivado o no del tabaco, en local cerrado, privado o público, excepto en área exclusiva para dicho fin, debidamente aislada y con circulación de aire adecuada.
§ 1o – En las disposiciones de este artículo, se incluyen los departamentos públicos, los hospitales y puestos de atención a la salud, aulas, bibliotecas, locales de trabajo colectivo y teatros y cines.Hay restaurantes con locales especiales a los no fumadores y algunos no permiten fumar. En los bares y night-clubs, los fumadores tienen más flexibilidad.